Sus facultades y los indicadores de gestión utilizados para evaluar su desempeño, metas y objetivos de sus programas operativos
Su estructura orgánica;
La información curricular de los servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes hasta el nivel del funcionario de mayor jerarquía;
Los servicios que ofrecen, los trámites, requisitos y formatos y, en su caso, el monto de los derechos para acceder a los mismos;
Los informes de acceso a la información, que contengan cuando menos: Número de solicitudes de información que les han sido presentadas; Objeto de las solicitudes; Solicitudes procesadas y respondidas, así como el número de aquellas que se encuentren pendientes; y Las solicitudes que hayan sido denegadas y los fundamentos por lo que fueron desechadas.
El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes, hasta el nivel del funcionario de mayor jerarquía. En el caso de los funcionarios jurisdiccionales, deberá incluir desde el nivel de actuario o equivalente.
Plantilla del personal indicando el nombre, puesto, adscripción, remuneración mensual que considere prestaciones, estímulos o compensaciones y cualquier otra percepción en dinero o en especie, de todos los servidores públicos de los sujetos obligados, incluyendo a sus titulares;
Respecto del presupuesto de egresos aprobado, por programas, grupos y partidas de gastos, y los informes sobre su ejecución; así como de la situación financiera y en su caso, respecto a la deuda pública;
Las enajenaciones de bienes que realicen por cualquier título o acto, indicando los motivos, beneficiarios o adquirientes, y los montos de las operaciones;
Los permisos, concesiones y autorizaciones otorgadas, especificando sus titulares, concepto y vigencia;
Los convenios celebrados con instituciones públicas o privadas;
El padrón de proveedores
El padrón inmobiliario y el vehicular;
Las resoluciones de los procedimientos de responsabilidad administrativa, una vez que hayan causado estado;
Los montos asignados y criterios de acceso a los programas sociales;
Las leyes, reglamentos, decretos, circulares y demás normas que les resulten aplicables;
Las convocatorias a concurso o licitación pública para las obras públicas, concesiones, adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como los resultados de aquellos, que contendrán por lo menos: La justificación técnica y financiera; Número de Identificación precisa del contrato, el monto, el nombre o razón social de la persona física o moral con quien se haya celebrado el contrato, el plazo y demás condiciones de cumplimiento; y En su caso, las modificaciones a las condiciones originales del contrato.
Las adjudicaciones directas, señalando los motivos y fundamentos legales aplicados;
Respecto de los contratos de servicios profesionales celebrados por el sujeto obligado, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor, el objeto del contrato y el monto del valor total de la contratación;
El domicilio, número telefónico y la dirección electrónica de la Unidad de Transparencia, así como del Órgano Garante;
La relación de solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas que se les den;
La relación de los servidores públicos comisionados fuera de su área de adscripción por cualquier causa, incluso de carácter sindical;
Los dictámenes de las auditorías que se practiquen a los sujetos obligados;
Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados; y
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de aquella que, con base en la información estadística, responda a las preguntas formuladas con más frecuencia por el público.