AntecedentesDecreto: En el gobierno del Ing. Raúl Sánchez Díaz M., La V Legislatura
Constitucional del Estado de Baja California, expide el decreto No. 44 a través del cual se crea la
Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana.
Personalidad Jurídica: Es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio
propio.
Función de CESPT: Brindar el suministro de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario a las ciudades de
Tijuana y Playas de Rosarito, así como el Saneamiento de las aguas residuales para evitar la contaminación
en el mar.
Administración: : Es administrada por un Consejo de Administración, integrado por 8 miembros, que son: el Gobernador del Estado o su representante, el Secretario de Infraestructura y desarrollo Urbano del Estado, el Secretario de Planeación y Finanzas del Estado, el Presidente Municipal de Tijuana, el Presidente Municipal de Playas de Rosarito, dos representantes de la Iniciativa Privada y un representante Ciudadano. El Consejo de Administración designa un Director General quien tiene la representación del Organismo.
Función del Consejo de Administración: Aprobar el programa y
presupuesto anual de Gastos y Balance, antes de ser sometido al Congreso del Estado para aprobación
definitiva; autorizar y darle seguimiento a algunos programas y proyectos de C.E.S.P.T.