AntecedentesDecreto: En el gobierno del Ing. Raúl Sánchez Díaz M., La V Legislatura
Constitucional del Estado de Baja California, expide el decreto No. 44 a través del cual se crea la
Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana.
Personalidad Jurídica: Es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio
propio.
Función de CESPT: Brindar el suministro de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario a las ciudades de
Tijuana y Playas de Rosarito, así como el Saneamiento de las aguas residuales para evitar la contaminación
en el mar.
Administración: Es administrada por un consejo, integrado por 5 miembros, que son: el
Gobernador del Estado o su representante, el Secretario de Asentamientos Humanos y Obras Públicas del
Estado, El Secretario de Planeación y Finanzas del Estado, el Presidente Municipal de Tijuana y dos
representantes de la Iniciativa Privada. El Consejo de Admistración designa un Director General quien
tiene la representación del Organismo.
Función del Consejo de Administración: Aprobar el programa y
presupuesto anual de Gastos y Balance, antes de ser sometido al Congreso del Estado para aprobación
definitiva; autorizar y darle seguimiento a algunos programas y proyectos de C.E.S.P.T.